Instalar el aire acondicionado en la fachada puede conllevar sanciones de hasta 3.000 euros

Los ayuntamientos intensifican la vigilancia sobre los aparatos que alteran la estética y la normativa urbanística.

Imagen genérica de un aparato de aire acondicionado instalado en una fachada.
IA

Imagen genérica de un aparato de aire acondicionado instalado en una fachada.

El aumento de las temperaturas ha disparado el uso de sistemas de climatización, pero su colocación en las fachadas de los edificios está sujeta a normativas estrictas que pueden derivar en multas elevadas.

Con la llegada del verano, muchos hogares optan por instalar equipos de climatización para combatir el calor. Sin embargo, la ubicación de estos aparatos en espacios exteriores visibles, como fachadas o balcones, ha pasado a estar bajo una vigilancia más rigurosa por parte de las administraciones locales.
Diversos consistorios han decidido endurecer los criterios para preservar la imagen urbana y reducir el impacto visual en las calles. Esta medida implica que, al finalizar las moratorias concedidas para adaptar las instalaciones, los equipos que no cumplan con los permisos necesarios o que alteren el aspecto exterior del inmueble pueden ser objeto de inspecciones y sanciones económicas que alcanzan los 3.000 euros.
Además de la normativa urbanística, es necesario tener en cuenta la Ley de propiedad horizontal. Esta ley define la fachada como un elemento común de la comunidad de propietarios. Por tanto, cualquier modificación que afecte al exterior del edificio, como la colocación de un compresor, requiere la autorización previa de la comunidad para evitar posibles conflictos o infracciones.