Una sentencia judicial del TSJC obliga al AMB a cobrar este tributo sin excepciones a todos los propietarios de viviendas, locales o naves industriales desde este ejercicio. Hasta el 2025, los inmuebles con un valor catastral inferior a 49.213,77€ estaban bonificados, una exención que ahora desaparece.
El tributo recaudado por el AMB se destina a financiar la prestación de servicios públicos e inversiones en los 36 municipios del área metropolitana. Entre las actuaciones financiadas se encuentran el transporte público (metro y autobuses), la promoción de vivienda social, el mantenimiento de espacios naturales como playas y parques, la promoción económica y políticas sociales.
Para mitigar el impacto en los ciudadanos, el Consejo Metropolitano ha acordado rebajar el tipo impositivo del 0,20% al 0,045% para el 2026. Según el AMB, esta reducción ayudará a mantener la mayoría de los importes del tributo con variaciones mínimas respecto a años anteriores, aunque algunos recibos podrían experimentar incrementos.
Como consecuencia de esta nueva normativa, muchos propietarios de municipios como L'Hospitalet, que hasta ahora no pagaban este tributo, deberán hacerlo a partir del 2026. Los importes se limitarán según el valor catastral de cada inmueble.




