Las entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras podrán optar a una de estas autorizaciones para la ocupación temporal de la vía pública. Los requisitos incluyen estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades con una antigüedad mínima de dos años, tener un mínimo de 10 socios acreditables y destinar íntegramente los beneficios obtenidos a proyectos o acciones en el municipio.
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 23 de octubre de 2026. La tramitación debe realizarse mediante instancia electrónica a través de la web del Ayuntamiento o por otros canales legales previstos.
Con la instancia se deberá adjuntar una declaración responsable firmada por el representante de la entidad y una descripción del uso previsto de los beneficios. Las entidades propuestas podrán ser requeridas posteriormente para presentar documentación adicional como los estatutos, el NIF/CIF, la póliza de responsabilidad civil, y acreditación de formación en seguridad alimentaria si se ofrecen alimentos.
Las barras estarán operativas durante los conciertos de la Fiesta Mayor, con un horario máximo de cierre 20 minutos después de la finalización de las actuaciones. Las entidades autorizadas deberán cumplir todas las obligaciones establecidas en las bases.




