El individuo, que cumplía una pena de un año y seis meses de prisión por un robo con fuerza en un establecimiento, acumula 21 antecedentes penales no cancelados entre 2012 y 2022, además de 38 antecedentes policiales. Su defensa argumentó el largo periodo de residencia en España, iniciado en 1999, y la presencia familiar, así como problemas de drogadicción tratados.
La Subdelegación del Gobierno en Tarragona dictó la orden de expulsión el 5 de abril de 2022, prohibiéndole la entrada al país durante una década. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Tarragona rechazó su recurso en octubre de 2023, decisión que ahora mantiene el TSJC.
El tribunal desestimó el argumento de prescripción de la expulsión, aclarando que no es una segunda condena sino una medida de extranjería. A pesar de considerar el tiempo de residencia y las circunstancias personales, el TSJC ponderó que los antecedentes penales continuados durante años pesan más.
La resolución, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, confirma la pérdida de la autorización de residencia y la obligación de abandonar el territorio español durante diez años.




