El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha declarado firme la absolución del exresponsable de Turismo de L'Espluga de Francolí en la causa penal vinculada a la Oficina de Turismo. Esta resolución pone punto final a la vía penal ordinaria de un procedimiento que se inició a raíz de hechos denunciados en el ámbito laboral municipal en 2016.
La sentencia absolutoria inicial, dictada en junio de 2024 por la Audiencia Provincial de Tarragona, ya consideraba que los hechos denunciados no habían quedado suficientemente acreditados para condenar. El recurso presentado ante el TSJC, que cuestionaba posibles vulneraciones de garantías procesales y errores en la valoración de la prueba, ha sido desestimado íntegramente por la Sala Civil y Penal, confirmando la absolución.
El TSJC ha rechazado los argumentos del recurso, subrayando que la sentencia de la Audiencia estaba bien motivada y que la valoración de las pruebas no era arbitraria. El tribunal recuerda que para revocar una absolución es necesario acreditar defectos relevantes de motivación o una valoración manifiestamente irracional de los elementos probatorios, circunstancias que no se han dado en este caso. Por lo tanto, el relato acusatorio no ha podido probarse más allá de toda duda razonable, como exige la vía penal.
Con la firmeza de la sentencia penal, la causa queda cerrada sin condena ni indemnización derivada de los hechos denunciados. Las costas de la apelación penal se declaran de oficio, sin imposición a ninguna de las partes.
Es importante diferenciar este procedimiento penal de la vía laboral abierta contra el Ayuntamiento de L'Espluga de Francolí. En este otro proceso, el Juzgado de lo Social de Tarragona declaró improcedente el despido del exresponsable de Turismo, y condenó al consistorio a optar entre la readmisión o una indemnización de 59.638,49 euros. Esta resolución laboral, sin embargo, aún no es definitiva, ya que el Ayuntamiento la ha recurrido ante el TSJC y está pendiente de pronunciamiento.




