La normativa vigente establece que es legal viajar siempre que la actividad no ponga en riesgo la recuperación de la persona. El requisito fundamental es que el desplazamiento respete el motivo de la baja y haya sido validado por profesionales médicos.
Es crucial que el viaje no interfiera con el tratamiento pautado. La Seguridad Social advierte que interrumpir las visitas médicas o la medicación puede acarrear la suspensión de la prestación económica.
Los expertos recomiendan solicitar una autorización por escrito tanto al médico de cabecera como a la mutua correspondiente para evitar multas administrativas durante el periodo de incapacidad temporal.




