El Supremo frena los encargos directos de la empresa pública Fisersa de Figueres

La sentencia obliga a revisar la gestión del agua en Vilafant y el Consejo Comarcal del Alt Empordà.

Imagen genérica de una válvula de suministro de agua potable.
IA

Imagen genérica de una válvula de suministro de agua potable.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 10 de febrero de 2026 que limita la capacidad de la empresa pública Fisersa de Figueres para recibir encargos directos de gestión de agua.

La resolución judicial aclara que las administraciones solo pueden adjudicar servicios sin licitación a empresas públicas si ejercen un control efectivo y decisivo sobre ellas. En el caso de Fisersa, el Ayuntamiento de Figueres ostenta el 99,87% de las acciones, lo que deja al Ayuntamiento de Vilafant y al Consejo Comarcal del Alt Empordà sin capacidad real de decisión estratégica.

"Resulta relevante que los Estatutos contengan una previsión específica en la que se contemple un derecho de veto o que se imponga la necesidad de su voto favorable para las decisiones estratégicas."

Tribunal Supremo · Sentencia
Esta decisión afecta directamente a la gestión de la Xarxa Albera, que suministra agua a municipios como la Jonquera, Agullana, Pau o Vilajuïga. Según la sentencia, los encargos realizados en 2013 y 2021 podrían ser declarados nulos si no se modifican los estatutos de la empresa.