El alcalde, Javi Molina, explicó que la ordenanza vigente estaba obsoleta y que era necesario un nuevo marco normativo. La normativa actual, según detalló, permitía multas superiores a las que la ley autoriza a los ayuntamientos y encargaba sanciones a un órgano de la Generalitat ya cambiado de nombre. Además, prohíbe alimentar a los gatos callejeros, contrariamente al protocolo de gestión de colonias felinas.
El nuevo texto otorga cobertura normativa y seguridad jurídica a las personas voluntarias y entidades que cuidan las colonias de gatos del municipio. Entre las principales medidas, se establece el seguro de responsabilidad civil obligatoria para propietarios de perros, la identificación con microchip y esterilización de los gatos antes de los 6 meses (excepto reproductores registrados), y un máximo de 5 animales de compañía por vivienda.
También se prohíbe mantener perros y gatos permanentemente en balcones, terrazas, patios, trasteros o vehículos. Además, se refuerza la obligación de recoger excrementos y limpiar micciones, y se prohíbe alimentar palomas, gaviotas y otros animales salvajes urbanos en la vía pública, así como a los gatos comunitarios, excepto por voluntarios autorizados.
La ordenanza también establece restricciones de acceso a equipamientos municipales como escuelas, guarderías, fuentes, campos de fútbol, pistas polideportivas, piscinas, cementerios, zonas de juego infantil y espacios fluviales utilizados como zona de baño, con excepciones para perros de asistencia. Se permitirá al Ayuntamiento delimitar otros espacios donde sea obligatorio llevar los perros atados.
En cuanto a las colonias de gatos, solo personas o entidades autorizadas podrán gestionarlas, y la retirada o desplazamiento requerirá autorización previa. Los perros potencialmente peligrosos deberán llevar correa corta y bozal homologado, además de disponer de licencia administrativa específica.
El régimen sancionador prevé multas ajustadas a los límites legales, con la posibilidad de sustituir una primera infracción leve por acciones formativas o de servicio comunitario, con conformidad del interesado. El texto aprobado inicialmente se expondrá públicamente durante 30 días hábiles en el Butlletí Oficial de la Província de Girona para consultas y presentación de reclamaciones.




