Estas subvenciones, publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), tienen como objetivo principal prevenir el riesgo de exclusión social y garantizar que las personas puedan mantener su vivienda habitual, siempre que cumplan las condiciones establecidas.
Para acceder a estas ayudas, los ingresos familiares anuales no pueden superar los 36.279,32 euros, una cifra que representa hasta cuatro veces el indicador de renta de suficiencia de Catalunya. Esta medida fue acordada entre el PSC y los Comuns. El presupuesto destinado a esta convocatoria se ha incrementado en 106 millones de euros respecto a la anterior, con la previsión de ampliar la cobertura hasta 40.000 familias adicionales.
Los precios máximos de alquiler para poder optar a las ayudas varían según la zona geográfica. En la ciudad de Barcelona y las comarcas del Baix Llobregat, Barcelonès, el Garraf, el Maresme, el Vallès Occidental y el Vallès Oriental, el tope se eleva de 900 a 1.000 euros mensuales por vivienda y 450 euros por habitación. En el resto de la demarcación de Barcelona, el límite pasa de 650 a 750 euros por vivienda y 350 euros por habitación.
En la demarcación de Girona, el tope se mantiene en 750 euros por vivienda y 400 euros por habitación. Para la demarcación de Tarragona, se fija en 700 euros por vivienda y 350 euros por habitación. Finalmente, en la demarcación de Lleida y en las Terres de l'Ebre, los límites se mantienen en 600 euros por vivienda y 300 euros por habitación.
El importe de la ayuda se amplía para familias numerosas, monoparentales o con algún miembro con discapacidad reconocida y baremo de movilidad favorable. En estos casos, el importe máximo acordado es de 1.100 euros en el Ámbito Metropolitano de Barcelona (que incluye el Baix Llobregat, el Barcelonès, el Garraf, el Maresme, el Vallès Occidental y el Vallès Oriental) y de 900 euros en el resto del territorio.
La subvención máxima que se puede recibir es de 200 euros mensuales, con un mínimo de 50 euros, 30 euros más que en la convocatoria anterior. El importe final se ajusta en función del esfuerzo económico que representa el pago del alquiler para cada solicitante, según sus ingresos.
Todas las solicitudes se pueden tramitar de forma electrónica a través de la web de Trámites de la Generalitat de Catalunya, o presencialmente en las sedes especificadas en la convocatoria. Cabe recordar que el 30 de abril también finaliza el plazo para las ayudas al alquiler destinadas a personas mayores de 65 años.




