El uso privativo de zonas comunes es posible pero requiere cumplir estrictos requisitos legales. Según expertos del Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lérida, no se puede ocupar un espacio común de forma unilateral; es imprescindible un acuerdo en junta sin ningún voto en contra.
“"Es un acuerdo que debe aprobarse en junta por unanimidad. No puede haber ningún voto en contra."
El propietario que obtiene el uso exclusivo asume también las tareas de mantenimiento ordinario. Si se producen daños por un uso inadecuado, como filtraciones por macetas pesadas o cambios en el pavimento, los costes de reparación recaerán sobre el usuario y no sobre la comunidad.
“"Si se ha vinculado la azotea a un inmueble por unanimidad, para volver a convertirlo en comunitario se necesita, de nuevo, la unanimidad."




