La sentencia considera probado que la menor fue víctima de humillaciones, vejaciones y agresiones físicas reiteradas, incluyendo insultos como “anoréxica” o “marginada”. Esta dinámica se mantuvo durante meses sin que la escuela Laietània adoptara medidas eficaces para detenerla, hasta el punto de que la alumna tuvo que dejar de asistir a clases para proteger su salud mental.
La jueza considera que la cuantía de la indemnización es “incluso moderada”, teniendo en cuenta la duración y la gravedad de los hechos, y el sufrimiento psicológico que tuvo que soportar la menor.
Durante el juicio, el centro educativo negó su responsabilidad, argumentando que el primer incidente, producido el 5 de febrero de 2021, había tenido lugar fuera de las instalaciones. La sentencia, sin embargo, es contundente y atribuye la responsabilidad a la escuela, a la que reprocha haberse negado a elaborar un informe sobre el acoso.
La resolución judicial subraya que los educadores eran conocedores de la situación desde febrero, pero no fue hasta julio que se empezó a estudiar el caso. El dictamen también critica que el acoso continuara en el curso siguiente y que la psicóloga del Equipo de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica no atendiera a la menor en ningún momento.
La inacción del centro derivó en un caso de absentismo escolar. Ante la falta de respuesta, la familia acudió al Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo catalán), que reveló que se había activado un protocolo de acoso en abril que concluyó erróneamente que no existía ningún caso. La sentencia no es firme y puede ser recurrida.




