La Seguridad Social y la Agencia Tributaria recuerdan que todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentar la declaración de la renta, incluso si sus ingresos son inferiores al mínimo habitual para estar obligado a hacerla.
Para acceder a esta prestación, es fundamental cumplir con requisitos como tener residencia legal en España durante el último año, ser mayor de 23 años y acreditar una situación de vulnerabilidad económica. Esto implica que los ingresos y el patrimonio del solicitante no deben superar los límites establecidos, los cuales varían según la unidad de convivencia.
Una de las condiciones clave es ingresar menos de 723 euros al mes, una cifra de referencia para un beneficiario individual prevista para 2026. Sin embargo, la normativa contempla otros supuestos para poder recibir la ayuda.
El IMV, regulado por la Ley 19/2021 y gestionado por la Seguridad Social, tiene como objetivo primordial asegurar un nivel de ingresos mínimo para personas y familias en situación de dificultad económica.
Los importes mensuales previstos para 2026 dependen de la composición de la unidad de convivencia. Para un beneficiario individual, el importe es de 723 euros. En el caso de hogares con cuatro personas, incluyendo al menos un menor, la cifra asciende a 1.393,84 euros. Si los ingresos familiares son inferiores a estos umbrales, el IMV cubre la diferencia.
Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el IMV protege aproximadamente a 2,6 millones de personas en España, de las cuales más de un millón son menores de edad.




