A partir del 1 de octubre de 2024, entra en vigor el Reglamento de Vehículos Históricos, que establece una exención de la inspección técnica periódica (ITV) para los vehículos históricos con más de 60 años de antigüedad. Esta medida también incluye los ciclomotores históricos, independientemente de su edad, aunque sus propietarios pueden optar por pasarla voluntariamente.
Es importante destacar que no basta con que un vehículo sea antiguo para beneficiarse de esta exención. Para la Dirección General de Tráfico (DGT), un vehículo histórico debe tener al menos 30 años de antigüedad y cumplir los requisitos para preservar su interés patrimonial, cultural o técnico. La simple antigüedad no es suficiente; es necesaria una catalogación oficial como vehículo histórico.
De cara al 2027, los vehículos históricos fabricados o matriculados antes de 1967, siempre que estén reconocidos oficialmente, podrán dejar de pasar la ITV obligatoria. Modelos como un Seat 600, un Citroën DS o un Jaguar E-Type de esa época no estarán exentos solo por su antigüedad, sino que necesitarán esta catalogación administrativa previa.
Los vehículos históricos que aún no llegan a los 60 años continuarán pasando inspecciones, pero con una frecuencia reducida: cada 2 años entre los 30 y 40 años; cada 3 años entre los 40 y 45; y cada 4 años para los mayores de 45. Las motocicletas históricas las pasarán cada cuatro años, mientras que los ciclomotores históricos están exentos permanentemente.
Cuando un vehículo histórico sí debe pasar la ITV, la revisión puede tener excepciones autorizadas durante la catalogación, como pruebas de frenómetro o de holgura, o la no exigencia de elementos de seguridad o alumbrado que no formaban parte del equipamiento original, buscando preservar la autenticidad sin comprometer la seguridad.
El reglamento también facilita la conservación de piezas originales, permitiendo la sustitución por equivalentes si no alteran las características técnicas esenciales. El procedimiento para obtener la clasificación de vehículo histórico se ha simplificado, especialmente para vehículos ya matriculados en España con más de 30 años e ITV vigente, con un coste y trámites inferiores.
Este cambio afecta exclusivamente a una pequeña parte del parque automovilístico. La inmensa mayoría de los vehículos, como los turismos convencionales, continuarán sometidos a los plazos habituales de la ITV. La reforma diferencia los vehículos de uso cotidiano de aquellos con un valor histórico acreditado.




