Las personas y comunidades de vecinos que hayan sufrido daños importantes a causa del reciente temporal de lluvia pueden solicitar una subvención para ayudar a cubrir los gastos. Estas ayudas, gestionadas por el Ministerio del Interior a través de la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias, tienen carácter subsidiario, es decir, complementan otras ayudas públicas o privadas sin cubrir el 100% de las pérdidas.
Los beneficiarios pueden ser unidades familiares o de convivencia con daños personales o materiales, así como comunidades de propietarios afectadas en elementos comunes. La cuantía de la ayuda se ponderará según los recursos económicos de los solicitantes.
Los daños imputables incluyen la destrucción total de la vivienda (hasta 15.120 euros), daños estructurales (hasta 10.320 euros), daños menos graves no estructurales (hasta 5.160 euros), la destrucción de bienes domésticos de primera necesidad como muebles y electrodomésticos (hasta 2.580 euros), y daños en elementos comunes de la comunidad de vecinos que impidan las actividades ordinarias (hasta 8.000 euros), siempre que la comunidad tenga un seguro en vigor.
En cuanto a los ingresos, las unidades familiares o de convivencia no deben superar los 29.400 euros anuales para hasta dos miembros, 37.800 euros para hasta cuatro miembros, y 46.200 euros para más de cuatro miembros, calculados a partir del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
También pueden acogerse a esta línea de ayudas las personas físicas o jurídicas que hayan tenido que realizar prestaciones personales o de bienes, así como los titulares de establecimientos comerciales o industriales con menos de 50 trabajadores que hayan sufrido daños en sus locales o bienes.
Para más información y acceso a los trámites, se puede consultar el sitio web oficial de protección civil.




