Esta situación ha forzado a los vecinos a trasladarse a otras poblaciones para realizar gestiones básicas como la tramitación de expedientes matrimoniales o la obtención de certificados de nacimiento y defunción. Esta interrupción coincide con la plena entrada en vigor de la Ley 20/2011 de 21 de julio, que enfatiza la centralización y digitalización del Registro Civil.
El cierre se hizo efectivo en octubre con la jubilación del gestor local. Además, la normativa reciente ha limitado las funciones de los auxiliares judiciales (antiguos agentes judiciales) a la notificación y tramitación de asuntos relacionados con sentencias y juicios, excluyéndolos de las tareas propias del Registro Civil, reservadas ahora exclusivamente a los gestores.
Por el momento, la única alternativa para los residentes ha sido derivar estos trámites a la Oficina General Registro Civil de Igualada o a las oficinas de Montbui, Òdena o La Pobla de Claramunt.
Cabe recordar que desde el mes de abril, las Oficinas de Justicia (antiguos Juzgados de Paz) ya no pueden oficiar bodas, un servicio que quedó reservado a las Oficinas Generales del Registro Civil.




