Mantener una embarcación implica una inversión constante en tasas de amarre, pupilaje y mantenimiento. Cuando el valor de mercado de un barco se degrada y la venta se vuelve inviable, la única opción legal es el desguace. Sin embargo, esta vía se encuentra con importantes obstáculos económicos y burocráticos.
Desguazar una embarcación pequeña, de unos siete metros, puede costar alrededor de 1.800 euros, según estimaciones de una empresa especializada que gestiona un centenar de desguaces anuales. Esta cifra se incrementa considerablemente si hay que transportar el barco a más de 50 kilómetros. El principal problema, sin embargo, radica en la gestión administrativa ante la Capitanía Marítima, un organismo dependiente del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. La autorización de baja puede demorarse desde semanas hasta un año entero.
“"Tenemos una cola inmensa de barcos esperando completar la autorización."
Durante este período de espera, el propietario debe seguir pagando el amarre o el depósito, un gasto insostenible para quien ya ha decidido deshacerse del barco por falta de recursos. Esta situación lleva a muchos propietarios a desguazar la embarcación antes de obtener la autorización, una práctica que la administración rechaza. La situación se ha agravado en los últimos seis meses con una nueva exigencia: una vez obtenida la autorización, se debe comunicar el desguace con 15 días de antelación por si la Inspección Marítima decide personarse.
El sector náutico reclama que el procedimiento se equipare al desguace de vehículos, donde un gestor autorizado puede tramitar una baja telemáticamente en pocos minutos. Los profesionales señalan que las normativas actuales, que datan de 1966, están obsoletas y necesitan una actualización urgente. Una vez se consigue el desguace, el protocolo medioambiental es estricto: se extraen los agentes contaminantes y los residuos se trasladan a una planta autorizada.
Ante estas dificultades, muchos propietarios optan por abandonar las embarcaciones. Los puertos deben asumir la gestión de estos expedientes de abandono, un proceso que puede durar entre dos y seis años y que se bloquea si el barco tiene cargas judiciales. La ley exige al puerto acreditar seis meses de impago e inactividad antes de iniciar el proceso, momento en que la deuda acumulada ya es considerable.
“"Existe el riesgo de que, durante el procedimiento, el barco ya se haya hundido en el propio amarre."
Una posible solución propuesta es el uso del derecho de retención notarial, regulado por el Código Civil de Cataluña. Esta fórmula permitiría al puerto disponer de la embarcación para su venta o desguace en solo dos o tres meses, tras un aviso al propietario. Los puertos deportivos catalanes esperan que la Capitanía Marítima valide oficialmente este procedimiento para agilizar la liberación de amarres. La legislación catalana, más avanzada que la estatal en este aspecto, prevé un nuevo reglamento que ofrecerá un marco normativo más completo y operativo.




