La decisión judicial se produce después de que Domínguez presentara un escrito alegando que el consistorio no había cumplido la sentencia 54/2025, que ya obligaba a colgar la imagen o un busto del monarca español en un lugar preferente.
La imagen institucional debe estar en un lugar preeminente, preferiblemente cerca de la mesa del consistorio.
El juez sostiene que la colocación previa del retrato, en una pared lateral y acompañado de fotografías del referéndum del 1 de Octubre de 2017, no cumplía con el requisito de preferencia.
El Ayuntamiento de Girona, presidido por el alcalde Lluc Salellas, dispone ahora de un plazo de un mes para acatar la resolución del juzgado. Cabe destacar que en el pleno ordinario celebrado esta misma tarde, la imagen de Felipe VI que se había colocado el pasado septiembre ya no estaba presente.




