El procesado se enfrentaba inicialmente a una pena de 12 años de prisión por un delito de agresión sexual a menor de 16 años con acceso carnal. Sin embargo, el acuerdo alcanzado entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa ha permitido rebajar significativamente la condena.
El acusado reconoció los hechos ante la sección tercera de la Audiencia de Girona. Además, antes de la celebración del juicio, consignó una cantidad de 20.000 euros destinada a la indemnización de la víctima.
La rebaja de la pena se debe a la aplicación del atenuante muy cualificado de reparación del daño, un factor clave en el acuerdo judicial entre las partes.
Esta cantidad económica tiene como objetivo cubrir tanto el daño moral como las secuelas que padece la víctima, que incluyen un trastorno por estrés postraumático. La sentencia, dictada de viva voz por el tribunal, es firme.




