Falset regula la estética urbana con una ordenanza de colores para fachadas

El municipio del Priorat ha establecido una carta cromática obligatoria para preservar la armonía visual de su casco histórico y el paisaje.

Fachada del ayuntamiento de Falset con balcón y barandillas de hierro, bajo la luz del sol de la tarde.
IA

Fachada del ayuntamiento de Falset con balcón y barandillas de hierro, bajo la luz del sol de la tarde.

El Ayuntamiento de Falset, en la comarca del Priorat, ha implementado una ordenanza municipal que regula los colores de las fachadas de los edificios para mantener la armonía estética de su paisaje urbano.

Esta iniciativa busca preservar el carácter tradicional del pueblo y su entorno, considerando el paisaje urbano como un bien colectivo de interés social. La normativa establece una gama cromática específica que todos los edificios del municipio deben seguir, con la posibilidad de sanciones en caso de incumplimiento.
Falset, capital del Priorat con 2.892 habitantes, destaca por su casco antiguo, que conserva el encanto de una villa histórica con una rica cultura vinícola. La plaza porticada de la Quartera y la iglesia de Santa María son elementos centrales de este entorno, rodeado de montañas y con las denominaciones de origen Montsant y Priorat.
La ordenanza incluye una carta de colores, fruto de un estudio cromático y del plan de color municipal. Esta herramienta normativa distingue entre colores principales, destinados a cubrir toda la fachada, y colores secundarios para elementos como cornisas o losas. Sin embargo, la combinación de colores no es aleatoria, sino que requiere la presentación de un plan con las tonalidades propuestas para la aprobación de los servicios territoriales del ayuntamiento.
Para los edificios situados fuera de las zonas del Antic Urbà y el Eixample, la normativa exige colores que se integren con el entorno, como los tonos terrosos, prohibiendo el blanco y los colores estridentes. La carta de colores principal incluye marrones suaves, anaranjados pálidos, beige, crema, arena y amarillo ocre. Los colores secundarios son gris verdoso, verde pálido, gris azulado suave y azul lavanda claro. También se permite el mortero de cal tradicional sin pintar. En la zona industrial, se admiten colores terrosos y hormigón prefabricado sin pintar.
El incumplimiento de esta ordenanza puede conllevar la apertura de expedientes de protección de la legalidad urbanística, con las correspondientes sanciones y multas, y la obligación de corregir el color aplicado en la fachada.