La sentencia dictada por el juzgado tarraconense establece que el consistorio de la Conca de Barberà no pudo acreditar una causa organizativa o económica real que justificara el despido objetivo del empleado, efectuado el 28 de septiembre de 2023.
La sustitución de su puesto por una plaza de nivel superior responde a una mera conveniencia y no a una necesidad objetiva.
El Ayuntamiento de l'Espluga de Francolí había alegado el despido tras incorporar una nueva plaza de técnico superior de Turismo e Historia A1 y disolver el Patronato de Turismo, organismo que el exgerente dirigía.
La jueza argumenta que las funciones esenciales que ejercía el trabajador —gestión administrativa, económica y coordinación turística— siguen siendo necesarias y no están directamente vinculadas con el nuevo puesto, que se centra en el ámbito arqueológico y museístico.




